CheckList para la Declaración anual de la Prima de Riesgo de Trabajo

Toda empresa comprendida dentro del Artículo 123-A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tendrá que presentar la Declaración anual de la Prima en el Seguro de Riesgo de Trabajo (PRT), la cual es una obligación patronal enmarcada en la Ley del Seguro Social y su Reglamento.

Las cuotas que cada empresa debe pagar por este seguro se determinan con base en la relación de la cuantía del Salario Base de Cotización y con los riesgos inherentes a las actividades que se realizan en la misma.

Y tú, ¿estás listo para cumplir?

A continuación encontrarás un check list con los puntos más importantesque deberás revisar:

Llevar un registro pormenorizado de tu siniestralidad laboral, desde inicio del caso hasta su conclusión, con toda la documentación generada por el Instituto o por la empresa (Artículo 34 RLSS).

El cálculo se realizará sólo con las incapacidades expedidas por motivo de riesgo de trabajo (temporal, permanente parcial, permanente total) que sean casos terminados en el ejercicio (Artículo 74 LSS), recaídas, enfermedad profesional y defunciones, dentro de esta rama de seguro (formato ST-3).

 Identificar la clase, grado, fracción y prima media que el IMSS asignó a la empresa o patrónal momento de su inscripción -formato AFIL-01 y Clem-(Artículo 15-I, 73, 75 LSS).

Es importante haber reportado al IMSS cualquiercambio de actividad que la empresa haya tenido en el transcurso del año y que altere su giro preponderante, pues podría implicar una reclasificación de prima.En dado caso tienes cinco días hábiles para informar al Instituto.

El Instituto se reserva el derecho de validar la información (Artículo 24 RLSS) y podrá rectificar la clasificación de la PRT auto determinada por la empresa y surtirá efectos a partir de la fecha de la resolución (Artículos 29, 30 y 33 RLSS).

Determinar la PRT por cada empresa acorde a su siniestralidad (Artículo 74 LSS, 32 RLSS) y por cada Registro Patronal por municipio o estado (Artículo 26 RLSS).

En caso de tener un Registro Patronal Único, la PRT se calculará ponderando la prima media de los salarios de los trabajadores (Artículo 27 RLSS), pero si todos los Registros Patronales sustituidos tienen la misma fracción y clase, permanecerán en dicha clasificación. De lo contrario, se ubicarán con base en la actividad a que se dediquen (Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo).

 Presenta tu Declaración ante el IMSSa más tardar el 28 de febrero 2017 (Artículo 74 LSS), a través de documento impreso en la Subdelegación correspondiente al domicilio de la empresa o utilizando medios digitales.

El uso de sistemas como Software SICOSS para el cumplimiento de tu Declaración de PRT, permite que determines y presentes tu PRT ante el IMSS en cuestión de minutos, ya que es el único software en el mercado avalado por el IMSS.

Para el ejercicio 2017 la fecha de vigencia de la PRT abarca del primero de marzo 2016 hasta el último día de febrero 2017 (Artículo 32-III RLSS).

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